Estamos en veda del bagre rayado del Magdalena.

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No olvides que este periodo va hasta el 15 de octubre y se encuentra prohibida su captura, comercialización y consumo.

La Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap) a través de sus funcionarios en región, vigilará el cumplimiento de la primera temporada de la Veda del Bagre Rayado del Magdalena que inició el pasado 15 de septiembre y finalizará el 15 de octubre, época en que estará prohibida la extracción, almacenamiento, comercialización y movilización de esta especie.

Hace más de 10 años este pez, nativo del río Magdalena, abundaba en las riberas con un tamaño de hasta 1.5 metros de longitud. Actualmente está siendo sometido a una fuerte presión pesquera por su alta demanda, tanto así que las capturas se han reducido considerablemente.

Según el Director General de la Aunap, Otto Polanco Rengifo, esta medida aplica para la cuenca del Río Magdalena, que comprende los ríos Magdalena, Cauca y San Jorge, que además de ser la artería fluvial más importante del país, es escenario principal de la pesca artesanal.“Como Autoridad Pesquera hemos venido desarrollando trabajos de sensibilización, enseñando a los actores de la cadena de valor la importancia de respetar este tiempo en que se garantiza la reproducción de esta especie, y al mismo tiempo la seguridad alimentaria del país”, agregó.

El bagre rayado se reproduce durante todo el año con dos picos anuales en cada semestre, que se dan por la presencia de un mayor número de individuos maduros. Esta especie es emblemática del Magdalena y la de mayor tamaño en la cuenca.Para velar el cumplimiento de esta medida, la Autoridad Pesquera en trabajo mancomunado con la Policía Nacional Ambiental, estarán implementando operativos de control y vigilancia en los lugares de captura, centros de producción, distribución y consumo.

El incumplimiento de estas medidas se considera una infracción al Estatuto Pesquero y un delito ambiental, adicionalmente, la talla mínima de captura (80 cm en la cuenca Magdalena y Cauca) y la utilización de métodos y artes de pesca no reglamentados, también se consolidan como actos delictivos de acuerdo con el Artículo 38 de la Ley 1453 de junio de 2011“Ilícita actividad de pesca”.Especie “en peligro”.

El bagre rayado o pintado hace parte del Libro Rojo de los Peces Dulceacuícolas de Colombia, una herramienta que contribuye a promover y asegurar la conservación, el fomento y el aprovechamiento racional de los recursos hidrobiológicos colombianos. Allí aparece en la categoría ‘en peligro’.


Su alta demanda, sumado a la contaminación de los cuerpos de agua, las barreras en los canales de migración y la perdida de las ciénagas por la disminución del agua que impiden el crecimiento de maleza, siendo ésta el hábitat para su óptimo desarrollo y crecimiento, son algunas de las causas de su disminución. Esta especie endémica, es decir, que pertenece a una determinada zona geográfica, ya sea una provincia, región, país o continente, es esencial para los ecosistemas, ya que desempeña un papel fundamental al controlar otras especies que pueden convertirse en plagas.

Quienes pesquen, almacenen, transporten o vendan bagre en esta temporada pueden incurrir en prisión de 48 a 108 meses y multa hasta de 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

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